La Ley 9635 "Fortalecimiento de las Finanzas Públicas" en el artículo 2, inciso a, obliga a todas las personas jurídicas a presentar una declaración sobre el impuesto de la renta. Esto implica que todas las sociedades inactivas deben cambiar su estatus mediante un formulario D140 e inscribir el número de actividad especial 960113. El Ministerio de Hacienda estableció el siguiente cronograma par cumplir con la obligación:

En el caso que no se haya tenido ningún tipo de actividad económica, se deberá proveer balance de la situación de la sociedad, como por ejemplo activos, pasivos y patrimonio; para esto el Ministerio de Hacienda habilito el formulario D.135 que estará disponible en el mismo ATV. Es importante tener en cuenta que aunque una sociedad no tenga ventas durante el año, sí puede generar otros rubros que son gravables, como lo son las ganancias de capital, provenientes de activos que están registrados en esta.

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