
Entre otras cosas mantiene la obligatoriedad de presentar la Declaración Anual Resumen de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos. La fecha límite para presentar el D151 sería el 28 de febrero de 2021. Puede consultar información adicional sobre este formulario aquí.
El decreto DGT-R-071-2019 que puede ser consultado haciendo clic en su nombre, establece los cambios en los artículos correspondientes para su vigencia.
El D151 es una declaración muy importante, ya que de los errores o diferencias que se detectan en esta, puede en los peores casos derivar en fiscalizaciones, o multas y sanciones en los más leves.
Desde A & P Contadores Públicos - Mi CPA te recomendamos manejar prácticas contables sanas como:
Mantener al día tus registros financieros.
No dejar para último tu cierre contable.
Verificar el trabajo que hace tu contador.
Tener claro donde esta tu información.
Exigir reportes mensuales.
Actualización 11 de febrero de 2020
Las empresas que estén dentro del sistema de facturación electrónica no están obligadas a presentar el D151.
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